0. Exposición de motivos

Bases. Concurso Cenobio Valerón

La trascendencia de la iniciativa, el procedimiento elegido para llevarla a cabo y la fecha elegida para su inicio, constituyen tres referencias imprescindibles de obligada mención en el preámbulo de las presentes Bases, como anuncio y presentación de la contratación del Plan Especial de Ordenación del Parque Arqueológico del Cenobio de Valerón y Tagoror en el término municipal de Santa María de Guía, adelantando ya que el enclave del Cenobio de Valerón con sus áreas de influencia es sin discusión un tesoro arqueológico de Canarias y especialmente de Gran Canaria como consecuencia de su emplazamiento, así reconocido no solo en numerosos trabajos de expertos en esta disciplina, sino también por su condición jurídica de Bien de Interés Cultural.

Enclave arqueológico:

El Proyecto de Restauración del Yacimiento Arqueológico del Cenobio de Valerón elaborado recientemente por la entidad Arqueocanarias, S.L., en el que se evidencia la importancia y valor del Cenobio de Valerón desde la óptica de este campo, analiza las distintas actuaciones realizadas hasta el presente momento, recoge su situación y estado actual de conservación, para concluir y poner de manifiesto la necesidad de acometer una actuación global y de conjunto a la altura y expectativas de la relevancia del yacimiento, compromiso y “testigo” que no han podido rehusar las administraciones competentes en aras de afrontar y responder de una vez a la deuda existente con el Cenobio de Valerón, el pueblo Canario y la historia.

Concurso de proyectos con intervención de jurado:

Tan evidente como lo indicado respecto a la oportunidad de acometer la mencionada actuación global y conjunta es el procedimiento elegido para la contratación, sin duda el más idóneo y transparente de los previsto en la Ley de Contratación del Sector Público para la adjudicación de instrumentos técnicos de edificación y de urbanismo, pues garantiza la mejor solución de las posibles y permite también abrir el deseable debate ciudadano consustancial a las actuaciones administrativas de gran calado social, como es la que nos ocupa, que afecta, entre otras, a disciplinas tan relevantes como la arqueología, la geología, la geografía, la historia, arquitectura y el urbanismo.

Inicio de la actuación:

Mediante RD. 2756/78, de 14 de octubre, se declaró el Cenobio de Valerón “Monumento Histórico Artístico”, categoría de zona arqueológica, con lo que se le concedía el máximo reconocimiento que nuestra legislación otorga en materia de patrimonio a un vestigio del pasado, coincidiendo, por tanto, el arranque de esta iniciativa con los 30 años de su consideración de monumento histórico. Años después, mediante Orden de 2 de julio de 1993, El Tagoror del Gallego sería declarado BIC.

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